Proyecto de Real Decreto modificación Instrucción para la recepción de cementos (RC-16)

Imagen del evento Proyecto de Real Decreto modificación Instrucción para la recepción de cementos (RC-16)

La Instrucción para la recepción de cementos actualmente vigente (RC-16), que se modifica por este real decreto, fue aprobada por Real Decreto 256/2026, de 10 de junio. Esta Instrucción es el marco regulatorio para el empleo de cementos en la construcción, estableciendo los requisitos que deben cumplir los cementos y regulando su recepción en las obras de construcción, en las centrales de fabricación de hormigón y en cualesquiera otras instalaciones, como en aquellas en las que se fabriquen productos de construcción en los que en su composición se emplee cemento.

 En esta Instrucción se incluyen los cementos que tienen marcado CE y los cementos homologados conforme al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados, aprobado a propuesta del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. 

 Recientemente el Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, ha sido modificado mediante una disposición final del Real Decreto 145/2023, de 28 de febrero, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para su adaptación al principio de reconocimiento mutuo. Esta modificación ha consistido en la incorporación dentro del Anexo del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, de los cementos cubiertos por la norma UNE-EN 197-5:2021, los Cementos Portland compuestos CEM II/C-M y los cementos compuestos CEM VI, así como en la actualización de las versiones de normas citadas en dicho Anexo.

 La incorporación de los nuevos cementos pretende facilitar que se alcance el objetivo de alcanzar la neutralidad climática que recoge el Pacto Verde europeo (2019) y la Ley europea del Clima (2021).

 Las modificaciones introducidas en este Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, hacen necesaria la modificación del Real Decreto 256/2026, de 10 de junio, que debe adaptarse al mismo, e incluir su regulación en todos los aspectos.

 Adicionalmente, este real decreto incluye las modificaciones necesarias para adaptar su contenido a la reglamentación nacional y europea vigentes, entre las que se encuentran el Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas legalmente en otro Estado Miembro, y el Real Decreto 470/2021, de 29 de junio por el que se aprueba el Código Estructural.

 Plazo para alegaciones

 El plazo para remitir alegaciones al Ministerio finaliza con fecha 23 de junio; en caso de que tengáis alguna alegación al respecto, podéis remitírnosla con fecha límite 21 de junio de 2023, en el formulario habilitado a tal efecto.

Documentos adjuntos: el Real Decreto y el formulario.