Afiliación

Bajas

Información y documentación necesaria para solicitar la baja como afiliado del Colegio y de la Asociación de Ingenieros Industriales de Cantabria.

Antes de solicitar la baja

Recuerda que la legislación vigente considera la profesión de Ingeniero Industrial como profesión regulada, cuyo ejercicio requiere no sólo estar en posesión del correspondiente título oficial habilitante sino también, estar colegiado en un Colegio Oficial de Ingenieros Industriales. La necesidad de colegiación para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial es preceptiva conforme al art. 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, y ha sido confirmada por reciente jurisprudencia (sentencia del Tribunal Supremo 1216/2018, de 16 de julio y sentencias del Tribunal Constitucional 3/2013, de 17 de enero y 82/2018, de 16 de julio de 2018).

Con arreglo a la Ley, y a esa doctrina de nuestros más altos tribunales, la colegiación es precisa para quienes ejercen la profesión de Ingeniero Industrial, conforme a las atribuciones profesionales reguladas por el Decreto del 18 de septiembre de 1935, bien sea por cuenta propia o ajena, al servicio de particulares, de empresas privadas o de administraciones o entes públicos.

De igual modo, ponemos en tu conocimiento que nuestro Colegio profesional, como corporación de derecho público, tiene encomendada, entre otras, la función de ordenación del ejercicio de la profesión como garantía de los derechos de los ciudadanos y de los propios ingenieros, obligación legal que nos viene impuesta por la propia Ley de Colegios Profesionales 2/1974, por la Ley 1/2001 de Colegios Profesionales de Cantabria, por el Real Decreto 1332/2000 por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su Consejo General y por los propios Estatutos Particulares de nuestra corporación publicados en el Boletín Oficial de Cantabria el 28 de diciembre de 2016 (artículos 3.1, 4 c), r) y s), 6.1 y .2 y 14 a)) de nuestros Estatutos.

En definitiva, recuerda que el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial sin estar colegiado puede crearte problemas de costosa solución, que van desde la exigencia de responsabilidad administrativa hasta el agravamiento de la responsabilidad civil o penal por errores o siniestros en los trabajos que desarrolles en el campo de las atribuciones de los Ingenieros Industriales, amén de la posible falta de aseguramiento de dichas actuaciones.

Procedimiento

¿Cómo solicitar la baja?

Para tramitar la solicitud es necesario indicar el motivo de la baja y aportar la documentación que permita acreditarlo.

1 Indica el motivo

Selecciona en el formulario la causa que corresponde a tu situación.

2 Aporta la documentación

Adjunta el documento acreditativo correspondiente al motivo seleccionado.

3 Presenta la solicitud

Cumplimenta el formulario de baja para que pueda ser analizado y resuelto.

Documentación necesaria

Motivos de baja

La documentación que debe aportarse depende del motivo por el que se solicita la baja.

Motivo de baja Documento acreditativo obligatorio
Jubilación Documento oficial en el que figure la fecha de jubilación, por ejemplo, resolución de jubilación emitida por el INSS.
Desempleo Certificado de acreditación de la situación de desempleo.
Incapacidad temporal o permanente Documento oficial en el que figure la situación y la fecha de incapacidad, por ejemplo, resolución del INSS.
Cese de la actividad profesional Documento del empleador que describa el nuevo puesto; baja en el RETA o régimen sustitutivo; o declaración responsable según el modelo del COIICANT, en el caso de autónomos que pasen a desarrollar una actividad profesional distinta de la Ingeniería Industrial.
Colegiación en otro Colegio Profesional de Ingenieros Industriales Documento o solicitud de colegiación en otro Colegio Profesional de Ingenieros Industriales. Se autoriza al COIICANT a consultar con el Colegio de destino.
Actividad profesional en el extranjero Documento acreditativo del ejercicio profesional en el extranjero.
Fallecimiento Cualquier documento acreditativo.
En caso de fallecimiento: la solicitud deberá ser presentada por algún heredero y/o representante. No obstante, el COIICANT podrá actuar de oficio.
Solicitud de baja

Tramita tu solicitud

Descarga el documento correspondiente, prepara la documentación acreditativa y cumplimenta el formulario de baja para iniciar la tramitación.

Resolución de la solicitud

Una vez analizada la solicitud y la documentación aportada, se comunicará al interesado la resolución correspondiente, debidamente motivada.