Constitución de la Fundación
La Mutualidad de la Ingeniería se constituyó el 24 de enero de 1934, en la sede del Instituto de Ingenieros Civiles de España. La idea originaria fue la creación de una Mutualidad que ofreciera protección a la viuda e hijos en caso de fallecimiento del ingeniero en un momento en el que no existía un sistema público de seguridad social ni estaba adecuadamente desarrollado un sector privado de entidades aseguradoras. El ámbito de la Mutualidad se amplió llegando a ser la Mutualidad propia de todas las ramas de la Ingeniería de España. La Mutualidad actuaba circunscrita al ámbito de los ingenieros, de sus familiares y de las empresas e instituciones de ingeniería, ofreciendo productos de ahorro, de previsión y de protección personal y profesional, ya sea mediante póliza individual o colectiva.
En marzo 2021, la Mutualidad de la Ingeniería desaparece y se transforma en dos entidades:
· Fundación Mutualidad de la Ingeniería, una institución que se centrará en reforzar el prestigio social de la profesión.
· AVANZA PREVISIÓN, una sociedad mercantil que aglutina la actividad aseguradora, y que estará compuesta por dos accionistas: la propia Fundación y la Mutualidad de la Abogacía, organización mutual de nuestro país con más de 1.680 millones de € de fondos propios y un ratio de solvencia del 219%.
Alternativa al RETA
Los ingenieros industriales que comienzan a trabajar por cuenta propia, tienen la posibilidad de cotizar en una mutualidad en sustitución del RETA de la Seguridad Social. La naturaleza de las ventajas que se derivan de ello permiten calificar este derecho de opción como privilegio.
Por lo tanto, el colectivo de ingenieros industriales puede escoger entre una Mutua y el régimen especial de la Seguridad Social como sistema de previsión social obligatoria. Todas las aportaciones satisfechas por profesionales por cuenta propia, que no estando integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos, hayan optado por la mutualidad, se considerarán como gasto deducible, a la hora de determinar el rendimiento neto de Actividades Económicas.
Para más información pueden ponerse en contacto con la secretaría.